Esta gran Reunión se creó debido a la creciente importancia y responsabilidad médico social de la Dermatología en América Latina, acordándose su realización cada año. RADLA es una organización profesional de carácter científico que agrupa a dermatólogos y residentes en dermatología de 15 países latinoamericanos.
1. DEFINICIÓN: Becarios RADLA son médicos en proceso regular de formación en la especialidad de dermatología o dermatólogos de menos de 5 años desde la finalización de su formación, que son depositarios de una Beca Oficial RADLA, consistente en beneficios otorgados por el Comité Ejecutivo de la RADLA en cuestión. Estos beneficios son otorgados en virtud de los estatutos y la jurisprudencia de RADLA. Los beneficios, las condiciones y los plazos de la postulación deberán ser comunicados por cada Comisión RADLA nacional a toda la comunidad dermatológica de su país.
2. BENEFICIOS: Los beneficios consisten en el pago, para una RADLA específica, de la inscripción y del alojamiento en hoteles adecuados, sin perjuicio de otros beneficios que cada Comité Ejecutivo resuelva agregar según sus posibilidades financieras.
3. CUPOS DE BECAS: El número total de cupos para Becas Oficiales RADLA será determinado libremente por el Comité Ejecutivo de la RADLA en preparación según disponibilidades financieras proyectadas. El número de cupos asignados a cada país será también determinado libremente por el mismo Comité Ejecutivo, tomando en especial cuenta el número de asistentes y la significación de la participación de cada país en las RADLAs anteriores, sin perjuicio de otros elementos de juicio sustentables. Los cupos ofrecidos a cada país serán comunicados, al menos tres meses antes de la iniciación de la RADLA, por el Comité Ejecutivo a las Comisiones RADLAs nacionales.
4. POSTULACIÓN: Pueden postular todos los médicos del Cono Sur que satisfacen la definición señalada más arriba, a través del envío a la Comisión RADLA del país del cual es ciudadano el postulante, de los documentos que acrediten: 1) el cumplimiento de la definición arriba señalada y 2) la presentación, sine qua non, de un trabajo científico en la condición real de primer autor. Este trabajo debe enmarcarse en alguna de las categorías de actividades científicas de la RADLA a la que se postula. El interesado deberá enviar el título, los nombres de los autores, el lugar de trabajo, un resumen (en el formato habitual) del trabajo y un breve curriculum vitae.
5. SELECCIÓN DE LOS POSTULANTES: La Comisión RADLA nacional procederá a seleccionar los postulantes que cumplen con los requisitos señalados en el artículo IV con un estricto criterio de méritos científicos. Esta Comisión no podrá ocupar los cupos asignados con postulantes que no cumplan dichos requisitos; los cupos vacantes por este concepto serán devueltos por esta Comisión al Comité Ejecutivo para que éste disponga su reasignación a otros países o su supresión. Esta selección deberá hacerse antes de dos meses de la iniciación de la RADLA pertinente. El resultado de esta selección será comunicado a los favorecidos antes de una semana de efectuada, aclarando que la beca no incluye los pasajes a la ciudad sede de RADLA.
6. ACEPTACIÓN POR EL BENEFICIARIO: Los favorecidos por esta selección deberán enviar una carta en que se comprometen a asistir a la RADLA del caso y a presentar el trabajo señalado.
7. INFORMACIÓN AL COMITÉ EJECUTIVO: Las Comisiones RADLAs nacionales deberán enviar una lista completa de sus becarios (con sus trabajos respectivos) que han aceptado la Beca Oficial RADLA, con sus direcciones, al Comité Ejecutivo de la RADLA en preparación, al menos con 45 días antes de la iniciación del evento. El Comité Ejecutivo efectuará la distribución apropiada de los becarios en cuanto a sus beneficios y deberá comunicar a la Comisión RADLA nacional toda la información pertinente y necesaria.
8. DEBERES DE LOS BECARIOS: Presentar en calidad de relator el trabajo científico con el cual postuló.
Concurrir a la reunión especial de Recepción Oficial de Becarios a efectuarse el primer día de la RADLA, 30 minutos antes de la iniciación de ésta, recepción a ser dirigida por el Coordinador de Becarios. En esta reunión, el becario deberá entregar al Coordinador de Becarios una hoja escrita con su nombre y el día, hora y sala del trabajo a presentar.
Asistir obligatoriamente a las ceremonias inaugural y de clausura de RADLA.
Participar a horario completo en las actividades científicas de la RADLA durante todos sus cuatro días.
Evaluar todas las actividades científicas a las que asistan, consignando en cada ficha de evaluación su nombre y la actividad que evalúen. Estas fichas deberán ser depositadas en un buzón especial de becarios.
Usar en todo momento la credencial especial de inscripción para becarios RADLA.
9. SANCIONES POR SUPLANTACIÓN: Todo becario asistente en la RADLA que sea sorprendido siendo suplantado por otra persona en circunstancias como 1) en los beneficios implícitos a su condición de becario, 2) en la presentación de su trabajo, 3) en la completación de fichas de evaluación, 4) en elecciones de Delegados, o en cualquier otra eventualidad, será sancionado por el Comité Ejecutivo con la suspensión inmediata de sus beneficios de becario y/o por el Consejo de Delegados con medidas a ser discutidas caso a caso.
10. COORDINADOR DE BECARIOS E INFORME FINAL: El Comité Ejecutivo de la RADLA en preparación designará a un médico dermatólogo como Coordinador de Becarios. Sus funciones serán: 1) el enlace entre dicho Comité, el Coordinador de cada Comisión RADLA nacional y los Becarios Oficiales RADLA, 2) verificar, con el Comité Científico, la distribución de los trabajos de los becarios en los días, horarios, salas y categorías correctos, a fin de prevenir errores y tener un registro general, 3) la recepción oficial de los becarios en una reunión especial en la sede del evento inmediatamente antes de la iniciación de éste a fin de un intercambio de información y consultas, y 4) la redacción de un informe final al Comité Ejecutivo que será comunicado en la Reunión Evaluatoria, donde conste el número final de becarios asistentes, el cumplimiento de sus deberes, el cumplimiento y la calidad de la otorgación de los beneficios y los problemas o conflictos suscitados.
11. CERTIFICACIÓN DE BECARIOS: Los becarios RADLA recibirán sus certificados de asistencia a la RADLA, con la firma del Presidente y el Secretario General del Comité Ejecutivo, además del Coordinador de Becarios. El incumplimiento de los deberes enunciados en el artículo VIII por algún becario, denunciado por el Coordinador de Becarios previamente a dicha firma, impedirá la otorgación de dicho certificado. En este certificado, se dejará constancia, además, de la condición honorífica de Becario Oficial RADLA.
12. DESISTIMIENTO, REEMPLAZOS E INASISTENCIAS: Con posterioridad a la entrega de la lista definitiva de becarios por la Comisión RADLA nacional al Comité Ejecutivo de RADLA, todo reemplazo de aquellos becarios que comuniquen su desistimiento de asistir deberá ser resuelto por la Comisión RADLA nacional o, si ésta no pudiere reunirse, por el Coordinador de esta Comisión. El Comité Ejecutivo sólo aceptará los reemplazos (para efectos de inscripciones y alojamiento) con un documento escrito y firmado por la Comisión RADLA nacional correspondiente (o su Coordinador), entregado al menos siete días antes del inicio de la RADLA, en el cual consigne los nombres de los reemplazados y reemplazantes y el título de los trabajos científicos de estos últimos. Para este efecto, cada Comisión RADLA deberá tener una lista de espera de postulantes a la Beca Oficial RADLA, por orden de méritos, no seleccionados en la primera instancia. Para efectos de una próxima postulación a una Beca Oficial RADLA en las RADLAs siguientes u otros efectos pertinentes, la Comisión RADLA nacional respectivamente considerará que constituyen faltas graves (en orden creciente) las siguientes: 1) el desistimiento de un becario de asistir con posterioridad al envío de la carta de compromiso señalada en el artículo VI, salvo razones de fuerza mayor debidamente justificada, 2) la inasistencia de un becario sin informar al menos siete días antes de la iniciación de la RADLA y 3) la inasistencia de un becario sin información alguna.
13. AJUSTES FINALES: El Comité Ejecutivo tiene derecho a efectuar ajustes en el número y la distribución de las becas con posterioridad a su ofrecimiento a las Comisiones RADLA nacionales, sólo por razones de fuerza mayor, cuya justificación deberá ser informada al Consejo de Delegados. Además, si los recursos financieros se elevan convenientemente después del ofrecimiento inicial de la becas a los diversos países señalado en el artículo III, el Comité Ejecutivo podrá aumentar los cupos, decidiendo libremente la distribución de ellos a los países, lo cual será comunicado a las Comisiones RADLA respectivas para su asignación. Por otra parte, si por cualquier razón las becas inicialmente ofrecidas no fueren cubiertas en su totalidad por algún país, la Comisión RADLA nacional deberá comunicar este hecho al Comité Ejecutivo, quien redistribuirá estas becas en otros países.
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